Entrevista a Sévane Garibian: “Los verdugos vuelven a estar presentes en el mundo social”
Las acciones que surgen alrededor del regreso de los genocidas a sus barrios tienen parecidos a lo que ocurrió con la muerte de Videla y su cuerpo malavenido en el cementerio de Mercedes. “Se trata del regreso de personas de avanzada edad y/o enfermas que como los cadáveres ya no son físicamente peligrosas, pero se perciben como una amenaza desde el punto de vista simbólico, psicológico y político”, dice Sévane Garibian. Ella trabajó la muerte de Videla en La muerte del verdugo, una obra colectiva que reflexiona sobre el cadáver de los criminales de masas en el mundo. Profesora de derecho en las Universidades de Ginebra y de Neuchâtel (Suiza), especialista de justicia penal internacional, transicional y filosofía del derecho, en diálogo con El Cohete A La Luna advierte en las protestas ciertos parecidos en la percepción de los años ‘90.
En tu trabajo comparas el caso Videla con las muertes de otros genocidas
El caso de Videla es paradigmático: los debates que rodearon la cuestión del destino de su cadáver “malavenido” ilustran perfectamente la importancia de los desafíos jurídicos, simbólicos y socio-políticos que acompañan la muerte de un criminal de masas. Tal muerte, muy singular, no es jamás anodina aun cuando se trate de fallecimiento natural, o aun cuando ocurra tras una condena penal como en el caso de Videla, contrariamente a Pol Pot, Milosevic, Franco o Pinochet, por ejemplo. La muerte de Videla, como la de todo criminal de masas, muestra dos cosas que son desarrolladas en el libro La muerte del verdugo. Primero, la muerte no borra nada: no desmitifica, no pacifica, no repara. Segundo, existe una vida política, inmaterial, post mortem del verdugo, lo cual revela la importancia de la cuestión de la patrimonialización frente a las exigencias de justicia y reparación. ¿Cómo aprehender su herencia y qué hacer con sus restos? ¿Qué y cómo hacer con la memoria de la persona, de sus crímenes y de sus víctimas? ¿Cómo llevar este legado pesado de manera constructiva para el futuro y vivir con la presencia de este pasado?
La especialista en derecho penal internacional analiza las domiciliarias de los represores
En Argentina continúan los juicios, pero por distintas razones varios perpetradores vuelven a cumplir condenas a sus casas. El caso Etchecolatz despertó marchas de repudio, pronunciamientos de vecinos o un debate acerca de si cabe volver a los escraches. Eso recuerda lo que sucedió con Videla. ¿Cuál es el vínculo entre la idea de ese regreso y la idea de la muerte?
Se trata del regreso de personas de avanzada edad y/o enfermas que como los cadáveres ya no son físicamente peligrosas, pero se perciben como una amenaza desde el punto de vista simbólico, psicológico y político. Su presencia en el seno de la sociedad (como también la inhumación de su cuerpo muerto en un espacio público) genera una sensación de perturbación de la paz social y de provocación hacia las víctimas y sus familias. Por ello el “destierro social”, o sea la expulsión social por vía de prisión perpetua (o de inhumación / cremación en espacios privados o secretos) es considerado por muchos como una opción preferible. Sin embargo, dicha opción no impide otras formas de vida de los criminales de masas más allá de su presencia física y corporal, estén vivos o muertos. Tal como la muerte, la prisión, en sí, no “repara” nada ni a nadie: no borra las consecuencias de los crímenes.
¿Cómo viven otras sociedades el regreso de sus “verdugos” a los barrios?
Pienso, por ejemplo, en la liberación anticipada de dos genocidas ruandeses hace un año, el historiador Ferdinand Nahimana y el abad Emmanuel Rukundo, respectivamente, condenados a 30 y 23 años de prisión por el Tribunal Penal Internacional para Ruanda.
Las razones del juez Theodor Meron fueron las siguientes: el cumplimiento de la mayor parte de la pena, como también la existencia de signos de “rehabilitación” en estos dos casos. En diciembre de 2016 se contaban diez liberaciones anticipadas de las 61 condenas del Tribunal internacional. A comienzos de 2003, el gobierno de Ruanda también había liberado a decenas de miles de detenidos en espera de juicio, casi todos sospechosos de estar involucrados en el genocidio de 1994. Se trataba de acusados de más de setenta años de edad, o enfermos, o todavía menores de edad en el momento de los hechos, o finalmente acusados que ya habían pasado más tiempo en prisión que la pena que incurrirían. Cada vez, las asociaciones de víctimas expresaron un sentimiento de angustia, miedo, preocupación y traición por el sistema de justicia, que a menudo es impotente frente a la escala y magnitud considerables de los crímenes en cuestión. Pero la Liga de Derechos Humanos de Kigali, por ejemplo, en su momento consideró que tales medidas estaban en conformidad con los derechos humanos, dada la situación particular de los acusados y las condiciones deplorables de las prisiones locales.
En un registro completamente diferente, también pienso en los miles de yihadistas que están regresando a sus países de origen en Europa, tras el declive de ISIS en el terreno. También existe el “retorno” a través de terceros, como las mujeres y los niños de jihadistas muertos o capturados en Irak y Siria. Este es un fenómeno que plantea preguntas muy complejas. Más allá de la ansiedad social que produce este tipo de regreso (incluso en el seno de los detenidos “comunes”, en las cárceles), se recomienda pensar en soluciones individualizadas caso por caso: des-radicalización, des-adoctrinamiento, atención médica y psicológica, reintegración y no solo, o no sistemáticamente, respuesta penal.
Estoy pensando qué hay de distinto o parecido en las movilizaciones de estos vecinos contra la llegada de los represores a sus barrios.
Veo tres singularidades interesantes en el caso argentino. En primer lugar, el hecho de que en tres décadas, es decir muy poco tiempo en la escala histórica, Argentina ha experimentado casi todas las herramientas existentes para el tratamiento de las violencias de masas, mientras las asociaciones de víctimas y organizaciones de derechos humanos a menudo mantienen un enfoque punitivo maximalista: autoamnistía, amnistía, comisión de investigación, juicios penales, compensación económica, perdón e indultos… Sin hablar del recurso masivo desde los años ’90 a las pruebas de ADN en la búsqueda e identificación de los desaparecidos, y de los nietos (con el índice de abuelidad), como los juicios por la verdad que constituyen un mecanismo alternativo de justicia sui generis inexistente en otros lugares del mundo.
Por ello yo siempre hablo de la Argentina como un “laboratorio” extraordinario para el estudio de los diversos mecanismos (post)transicionales, de sus alcances y de sus límites. Me parece importante tener en cuenta esta “densidad” de la experiencia argentina en la gestión de su pasado dictatorial para analizar y comprender mejor lo que está sucediendo hoy en día. En segundo lugar, la práctica del escrache creada por HIJOS en 1995, que expresa una nueva forma de movilización social y de resistencia, como recientemente los “Vecinos sin genocidas”. Es cierto que he observado en la Argentina una relación muy particular en la intervención ciudadana en el espacio público. Es cierto también que el escrache se construye sobre una paradoja: rastrear y visibilizar al verdugo a fin de lograr su destierro social. Por último, la aparición del fenómeno de “Historias desobedientes y con faltas de ortografía” tras el fallo del 2×1 que genero una “catarata de terror” en muchas familias, para retomar las palabras de la psicóloga Fabiana Rousseaux. Esto plantea una serie de cuestiones nuevas e implica pensar desde otro lugar frente a desafíos poco comunes.
También existe una tensión en torno a la justicia, como si hubiera momentos en los que esa justicia se sintiera más cerca de la idea de reparación y en otros, no.
Se puede subrayar otra cosa interesante: aunque el contexto sociopolítico es distinto a la época menemista de los ’90, hoy como ayer la activación del escrache surge cuando los verdugos, vivos o muertos -recordamos el escrache a la sepultura de Videla como forma de damnatio memoriae- están presentes en el mundo social, y que esta presencia se percibe como resultado de una falla del Estado que crea impunidad. Esto nos muestra que la palabra impunidad se usa de maneras diversas. ¿A qué se refiere exactamente el concepto de impunidad? ¿A la ausencia de condena penal? ¿A la prisión domiciliaria? ¿Al no reconocimiento, y por quién, de lo que ocurrió? La (lucha contra) la impunidad puede tomar formas variables y no existe en derecho internacional una respuesta clara o homogénea.
Ellos vuelven ahora pero después de doce años del proceso de justicia. Luego de haber sido “marcados” como imputados o condenados. ¿Sería igual el regreso sin esa “marca”? ¿Qué cambia?
Por supuesto, ellos se reintegran al mundo social como culpables en lugar de presuntos inocentes, perdonados o indultados. Siguiendo el enfoque clásico, se supone que el sello de infamia otorgado por la justicia penal garantiza la claridad del lugar de cada uno. El reconocimiento y la calificación de los hechos por el “tercero de justicia” disminuye el riesgo de inversión de los roles víctima / verdugo que vemos en situaciones de negación, por ejemplo.
Por otro lado, la ausencia de una condena penal puede deberse a varias causas, cada una de las cuales tiene características específicas: una absolución (como la del serbio Seselj en La Haya en 2016); el deceso antes de una sentencia (como en el caso de Pinochet en 2006); la fuga bajo una identidad falsa (como muchos criminales nazis, por ejemplo Eichmann en Argentina antes de su captura por el Mossad en 1960); una ley de amnistía (como la ley española de 1977), o incluso una amnistía negociada a cambio de la confesión y el arrepentimiento de los responsables en nombre de la reconciliación (como en Sudáfrica en los ’90); o finalmente un persistente negacionismo de Estado (como el de Turquía desde 1923).
En términos más generales, me parece que ayuda recordar tres cosas. Ante todo, pensar los acontecimientos actuales implica tomar en consideración el contexto histórico, político, jurídico y social en el que ocurren, para poder entender mejor lo que está en juego. Segundo, la condena penal no constituye un baluarte absoluto contra el culto del verdugo o la denegación de los crímenes, como lo muestra el caso reciente del croata Praljac en La Haya. Tercero, la muerte física o la muerte social del criminal de masas (por la prisión perpetua en particular) no resuelve todos los problemas relacionados con la herencia y los efectos de sus crímenes a lo largo del tiempo. Ni una ni otra pueden remplazar la necesaria responsabilidad del Estado en el tratamiento jurídico (también afuera del ámbito penal), político y memorial del legado de la violencia de masas, a fin de garantizar efectivamente la no repetición y la lucha contra el negacionismo y la denegación.
*Sévane Garibian, jurista suiza de origen armenio, dirigió la obra colectiva La muerte del verdugo. Reflexiones interdisciplinarias sobre el cadáver de los criminales de masa (Miño y Dávila, BsAs, 2016) así como, junto con Elisabeth Anstett y Jean-Marc Dreyfus, Restos Humanos e identificación: violencia de masa, genocidio y el “giro forense” (Miño y Dávila, BsAs, 2017)