El Tribunal Europeo de Derechos Humanos emitió tres sentencias contra Turquía y Azerbaiyán

14 de octubre de 2020

El 14 de octubre, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) emitió tres resoluciones relevantes en relación a la participación de Turquía en el conflicto de Artsaj, el intercambio de prisioneros de guerra y el caso Ramil Safarov.

En primer lugar, el TEDH rechazó la apelación presentada por el Ministro de Relaciones Exteriores de Turquía, Mevlut Cavusoglu, quien había pedido que el Tribunal reconsiderara su decisión y levantara la medida provisional indicada en la causa Armenia c. Turquía. Recordemos que, el pasado 6 de octubre, el TEDH había aplicado una medida cautelar contra Turquía, a través del artículo 39 del Reglamento de la Corte, en relación con el conflicto de Nagorno Karabaj tras la solicitud de Armenia.

La decisión, por entonces, se había adoptado sobre la base de las pruebas disponibles al momento que indicaban que algunos Estados contratantes estaban directa o indirectamente implicados en el conflicto. Al día siguiente, el Gobierno de Turquía solicitó que la Corte reconsiderara su decisión y levantara la medida cautelar dirigida a su país, lo que terminó de confirmar su participación. En su decisión de ayer, el TEDH exhortó a todos los Estados directa o indirectamente involucrados en el conflicto, incluida Turquía, a que se abstuvieran de adoptar medidas que contribuyeran a violar los derechos de los civiles consagrados en la Convención y a que respetaran sus obligaciones en virtud de la misma. El Tribunal de Justicia reiteró además que la indicación de una medida cautelar, respaldada en el artículo 39, es una acción urgente en situaciones en las que se percibe un riesgo inminente de daño irreparable. Tras examinar las objeciones formuladas por el Gobierno de Turquía y teniendo nuevamente en cuenta el carácter grave y creciente del conflicto, el tribunal resolvió no modificar su decisión o levantar parte alguna de la medida provisional.

En segundo lugar, el TEDH solicitó a Azerbaiyán que presente de inmediato información sobre los dos militares armenios capturados durante la guerra iniciada contra Artsaj. Las familias de los soldados Areg Sargsyan y Narek Amirjanyan habían presentado la solicitud al Tribunal el pasado 11 de octubre, con la exigencia de una medida urgente para obligar a Azerbaiyán a actuar en conformidad con el derecho internacional consuetudinario y con el acuerdo de cese de hostilidades del 10 de octubre, que contemplaba el intercambio de prisioneros de guerra y la devolución de los cautivos a las autoridades armenias, para garantizar su inviolabilidad física y psicológica y el tratamiento médico adecuado. El TEDH presentó la solicitud el 12 de octubre y notificó al gobierno azerí, a quien le otorgó un plazo hasta el 22 de este mes para que proporcione información sobre las condiciones de detención de los dos militares, su salud y la posibilidad de intercambiarlos de conformidad con el acuerdo de cesación de hostilidades por motivos humanitarios.

En último lugar, el Tribunal exigió a Bakú que castigue a Ramil Sarafov y le ponga un fin al racismo contra los armenios. El fallo histórico contra la política armenofóbica de Azerbaiyán, que había llegado a la Gran Sala del Tribunal el pasado 8 de septiembre, es ahora “definitivo” e inquebrantable”, según expresó en Facebook Siranush Sahakyan, familiar de Gurgen Margaryan y representante de los intereses de los peticionarios en el caso Makuchyan y Minasyan c. Azerbaiyán y Hungría. El TEDH había dictaminado el pasado 26 de mayo que Azerbaiyán no ejecutó jamás la sentencia de prisión por este crimen de odio étnico, en el que Margaryan, un oficial del ejército armenio fue asesinado con un hacha por un homólogo azerbaiyano en Hungría en 2004, mientras ambos asistían a un curso de entrenamiento de tres meses de la OTAN en la capital húngara. En el juicio posterior, Safarov dijo que su motivación fue el odio hacia Armenia y los armenios, debido a la guerra entre los dos países. Fue encarcelado de por vida por el tribunal de Budapest. Sin embargo, en 2012 Hungría envió a Safarov de vuelta a Azerbaiyán para completar su sentencia. A su llegada, fue perdonado, liberado y recibido como un héroe.

En la sentencia, el Tribunal citó el incumplimiento injustificado por parte de Azerbaiyán de la pena de prisión por delitos motivados por prejuicios étnicos, impuesta en el extranjero a su oficial, que fue indultado, ascendido y beneficiado a su regreso; la falta de fundamento jurídico para el ascenso militar y otros beneficios; y la consiguiente impunidad incompatible con la obligación del Estado de impedir los delitos contra la vida. Ahora, el TEDH rechazó la posibilidad de que la Gran Sala revise el caso, por considerar importante que las disposiciones de la decisión entren en vigor y se apliquen. La decisión “no está sujeta a revisión, su implementación es obligatoria para todos”, explicó Sahakyan. “La existencia de un acto judicial internacional con ese contenido es una garantía jurídica seria que garantiza la protección de los armenios contra el hostigamiento de Azerbaiyán, lo que, de hecho, también excluye toda decisión que ponga en duda la seguridad de la población de Artsaj (Nagorno-Karabaj), expresó a su vez.

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